Al menos 250 guardias municipales controlan el transporte público en el centro paceño y en los pasos peatonales. Foto: AMUN

AMUN/6-04-22

La Alcaldía de La Paz precisó este martes que los choferes del transporte público no deben exigir el carnet de vacunación a los pasajeros, pero, aseguró, están obligados a exhibir el documento en un lugar visible al interior del motorizado, en cumplimiento de la Ley Municipal No 481 de “Protección a la Salud Pública”.

“No tienen que pedir, ellos tienen que exponer su carnet, no es obligatorio pedir, en el caso de las actividades económicas tienen que exponer los carnets, por ejemplo, el personal de un restaurante”, informó en Panamericana la secretaria Municipal de Salud, Cecilia Vargas.

Consultada sobre en qué tipo de casos de aplica la obligatoriedad de presentar la constancia de vacunación, Vargas precisó que se puede dar el caso de que un ciudadano requiera tramitar su certificado catastral, en ese caso deberá presentar su carnet en la oficina municipal o también cuando necesite dejar una carta para el inicio de algún trámite.

“Si acude a hacer un trámite de catastro, si ingresa a nuestras instalaciones (11 edificios municipales), si desea dejar una carta en el Sitram (Sistema de Trámites Municipales) para determinada unidad presenta su carnet de identidad y su carnet de vacuna”, explicó.

Vargas dijo que el reglamento de la Ley No 481, que fue promulgada por el alcalde Iván Arias el 30 de marzo, estará lista en un periodo no mayor a los 10 días hábiles, dado que se trabaja de manera continua para este fin.

“Estamos elaborando el reglamento, según la norma tenemos 10 días para sacarlo, pero será antes ya que estamos trabajando en tiempo y materia, revisando cada área con Intendencia, transporte, área educativa, universidades; no hay una fecha exacta, pero estamos haciendo varios borradores, lo vamos a hacer público con el alcalde (Iván Arias)”, aseveró la secretaria de Salud.

La Ley Municipal Autónoma No 481 tiene por objeto “implementar acciones, medidas y estrategias de mitigación, orientadas a reducir y prevenir la transmisión del coronavirus en el municipio de La Paz”. La norma establece la obligatoriedad de presentar el carnet de vacunación en oficinas municipales, actividades económicas, espacios públicos y privados. En caso de no hacerlo, el ciudadano deberá presentar un certificado PCR negativo a Covid-19 con 48 horas de anticipación.

///

Deja un comentario