La Paz/AMN.- El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP) brinda capacitaciones en el cultivo de los huertos vecinales, escolares y familiares en todos los macrodistritos de la urbe. El reglamento de la Ley Municipal Nª 321 para la Promoción de Huertos Urbanos establece 12 temas en asistencia técnica.

Los artículos 17 y 18 de la normativa señalan que las personas naturales o jurídicas pueden solicitar la capacitación en la elaboración de un plan de cultivos; los beneficios del huerto urbano y alimentación saludable; el establecimiento de un huerto urbano y tipos de huertos urbanos; el manejo agronómico de hortalizas de raíz; manejo agronómico de plantas aromáticas; el manejo agronómico de hortalizas de hojas; el manejo agronómico de tubérculos; el manejo agronómico de cultivos atemperados; el manejo de postcosecha; compostaje y elaboración de bioabonos; el manejo integrado de plagas; y otros según requerimiento.

“La asistencia técnica es gratuita para motivar los huertos urbanos”, afirmó la secretaria municipal de Gestión Ambiental, Mariana Daza. Para acceder a los cursos, la instancia edil competente emitirá una nota formal al solicitante señalando el lugar, día y hora para la ejecución dentro de los cinco días hábiles siguientes a la presentación de su solicitud.

La Comuna también coordinará con el Comité Municipal de Seguridad Alimentaria y otras instancias relacionadas con la temática para llevar a cabo los eventos de capacitación y desarrollo de instrumentos técnicos, así como la producción de material didáctico, cartillas, videos, entre otros.

El artículo 20 del reglamento dispone infracciones, como: obstaculizar inspecciones a los funcionarios del GAMLP; proporcionar información falsa o adulterada para obtener las autorizaciones; utilizar cultivos transgénicos; dejar terreno sin cobertura vegetal por periodos prolongados; talar o dañar árboles existentes en el huerto y circundantes para ampliar la superficie del cultivo.

De acuerdo al artículo 7 del reglamento hay cuatro tipos de huertos. El primero son los vecinales, para acceder a este huerto, la ciudadanía debe hacer la solicitud a la subalcaldía correspondiente. El segundo son los escolares, que se desarrollan dentro de las unidades educativas y que están a cargo de la Secretaría Municipal de Educación y Cultura Ciudadana.

El tercero son huertos familiares, que se los produce al interior de espacios privados y que no requieren ninguna autorización; y cuarto, los demostrativos, que consisten en que los huertos vecinales, escolares o familiares realicen prácticas demostrativas de producción de alimentos con el fin de desarrollar habilidades y conocimientos.

“El objetivo del reglamento es la operatividad de la ley de promoción a huertos urbanos que teníamos, el espíritu de esta norma es motivar a la ciudadanía a desarrollar la actividad de la cultura urbana con una práctica de la naturaleza, de contacto vecinal y una práctica para promover la alimentación saludable”, destacó Daza.

¿Sabía que las Cebras se sumaron al proyecto de los huertos escolares?

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