Rige el Decreto Municipal 031 que dispone las medidas de restricción peatonal durante el ‘posconfinamiento’

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La Paz/AMN. – En el municipio de La Paz rige el Decreto Municipal 031/2020 de posconfinamiento, que dispone como restricción peatonal la circulación hasta las 20.00, de acuerdo al último dígito de la cédula de identidad. En fin de semana no están autorizadas las actividades.

La norma, aprobada ayer por el Alcalde Luis Revilla, refrenda las medidas establecidas para el ámbito nacional con el Decreto Supremo 4341 y la resolución aprobada por el Comité de Operaciones de Emergencia Departamental de La Paz (COED) en base a la situación epidemiológica por el COVID-19.

El artículo 2, parágrafo I de la norma edil establece “El horario permitido para la circulación peatonal, se extiende de horas 05.00 a 20 horas de lunes a viernes”. La medida está relacionada también con la ampliación de la jornada laboral en los sectores público y privado a ocho horas continuas y con ingreso escalonado.

En tanto, el sábado y domingo se mantiene la prohibición de circulación peatonal. Tampoco funcionarán las actividades económicas de abastecimiento, de expendio de alimentos, comercio en vía pública y servicios en general.

La restricción no alcanza a personal de salud, Fuerzas Armadas, Policía Boliviana, empresas de servicios básicos y de aseo urbano, empresas municipales, misiones diplomáticas, organismos internacionales, oficinas consulares y medios de comunicación.

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