La Alcaldía regula todo el año el uso del agua en lavaderos para evitar uso indiscriminado

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Personal de la Alcaldía de La Paz realiza control en lavaderos para evitar uso indiscriminado del agua Foto: AMUN
Personal de la Alcaldía de La Paz realiza control en lavaderos para evitar uso indiscriminado del agua Foto: AMUN

AMUN/ 6-2-2024

Para evitar el uso indiscriminado del agua, la Alcaldía de La Paz informó este martes que todo el año regula el uso del agua en los lavaderos de vehículos, en cumplimiento del artículo 159 del Reglamento de Gestión Ambiental Municipal de La Paz que deben cumplir tres requisitos para desarrollar el trabajo de limpieza vehicular: el sistema de pre tratamiento, lavado por presión y la recirculación del agua.

 “Nosotros, como Secretaría Municipal de Gestión Ambiental, ya hemos empezado a regular desde el año pasado, no solamente en Carnaval, todo el año realizamos varias campañas, a muchos de estos lavaderos de autos se ha capacitado en el uso eficiente del agua, significa que tengan sistema de circulación,  atrapa lodos para la recircular del agua en el proceso de enjuague”, informó el director de Prevención y Control Ambiental de la Secretaría Municipal de Gestión Ambiental, Marco Martínez.

Explicó que con la capacitación a los responsables de los lavaderos, se disciplinaron 30 de ellos y están en proceso otros. «De esto hemos llegado a obtener aproximadamente 30 lavaderos adecuados, evidentemente nos falta, muchos lavaderos lo hacen de manera clandestina, un turril en la calle y listo empiezan a lavar”.

“Un ejemplo, en la zona del cementerio, en una calle eran como más de 15 a 20 lavaderos de autos, ahora sólo tenemos cinco que están ubicados dentro de las viviendas con un sistema de circulación de agua, es decir esos lavaderos están regulados”, detalló Martínez.

Según el reglamento de Gestión Ambiental, el dueño de un lavadero puede ser sancionado por no contar con el formulario y el lavado en vía pública, en el caso de no contar con el formulario se atienen a una sanción establecida en el artículo 216 (infracciones) del reglamento municipal.

Las sanciones son calculadas con 250 Unidades de Fomento a la Vivienda (UFVs) por primera vez y lavar en la vía pública, una segunda podría ser hasta 500 UFVs y una tercera la clausura o la suspensión temporal o definitiva de la actividad.

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