La Paz/AMN.- El Gobierno Municipal aprobó el 31 de enero el decreto 001/2019, que reglamenta el registro, la recopilación, resguardo y difusión de la producción intelectual de la ciudadanía, conservando así el acervo cultural de la ciudad.

Son parte de este registro productos bibliográficos, fotográficos, sonoros y audiovisuales, además de obras y productos culturales reproducidos en serie y publicaciones impresas realizadas en el municipio.

La normativa aprobada permitirá desarrollar una gestión integral para el funcionamiento del registro, estableciendo lineamientos y directrices que sean “óptimos, ágiles y transparentes”. Entre ellos, los requisitos y características de los depositantes de los productos, que deberán entregar dos ejemplares de las publicaciones y/o materiales.

El reglamento deriva de las leyes municipales 265 y 319 de Fomento, Salvaguarda, Desarrollo y Promoción de las Culturas y las Artes.

Estarán a cargo del registro la Secretaría Municipal de Culturas, en coordinación con la cooperación con el Repositorio Nacional y la Fundación de la Cinemateca Boliviana.

Las obligaciones de la Secretaría Municipal de Culturas, como instancia receptora, serán: recibir y registrar los materiales o recursos bibliográficos, expedir constancias que acrediten la recepción, custodiar y preservar el buen estado del material, publicar anualmente la información de los materiales y, elaborar y publicar la bibliografía y catálogo en formato digital y/o impreso.

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