La Paz/AMN.- El nuevo reglamento del registro municipal del acervo cultural, aprobado el 31 de enero mediante decreto municipal, establece los parámetros para el registro, recopilación, resguardo y difusión de la producción intelectual de la ciudadanía. Conozca cuál es el procedimiento de depósito legal para el registro.

De acuerdo con el Artículo 15 del Reglamento, los editores, productores y recepcionistas del material deben grabar en su producto la frase “Depósito legal realizado conforme al Reglamento del Registro Municipal del Acervo Cultural”.

El registro contendrá una hoja de descripción y referencia con la siguiente información: número de registro, fecha de ingreso, autor, título, edición, lugar, editorial, tiraje, fecha, número de páginas, procedencia, precio, tipo de material, formato y observaciones.

Este material se debe registrar en la Secretaría Municipal de Culturas. Esta está encargada de recibir y registrar los materiales o recursos bibliográficos, expedir constancias que acrediten la recepción, custodiar y preservar el buen estado del material, publicar anualmente la información de los materiales y, elaborar y publicar la bibliografía y catálogo en formato digital y/o impreso.

El registro se lo realiza gratuitamente y  el tiempo del proceso varía de acuerdo con el tipo de material entregado.

Las personas que registren su producción intelectual pondrán beneficiarse de su difusión a través de instituciones locales culturales que tomen la iniciativa.

¿Qué se puede registrar?

Las publicaciones sujetas al Registro son: monografías, publicaciones periódicas partituras de obras musicales, periódicos o publicaciones del Gobierno Municipal de La Paz, materiales digitalizados de obras artístico culturales, diapositivas y registros digitales sobre cultura, material iconográfico publicado, folleros y otros materiales (cultural, científico y técnico); y mapas o planos cartográficos que contengan especificaciones, señalizaciones o relieves del municipio de La Paz.

También se realizará una selección del acervo cultural en base a criterios permanentes de autenticidad, originalidad, estado de conservación, edición, contenido, cualidades físicas y referencias de mejor utilidad, consulta y servicio.

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