COED define exigir certificado anticovid en terminales terrestre y aérea, además del aforo al 75%

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Reunión del COED La Paz. Foto: AMN

AMN/27-10-21

El Comité de Operaciones de Emergencia Departamental (COED) de La Paz determinó este miércoles nuevas disposiciones sanitarias para afrontar la eventual cuarta ola de la Covid-19 y una de estas es exigir la presentación de certificado de vacunación en terminales de buses y aeropuertos; en tanto, el aforo de negocios, para actividades culturales y deportivas será al 75%.

“Mantener activo la red enlace y control fronterizo, solicitando la exhibición del certificado de vacunación al ingreso, salidas del departamento, en aeropuertos y terminales de buses interdepartamentales (personas nacionales y extranjeros)”, reseña el segundo numeral del acápite que refiere a “Actividades en establecimientos de salud y de salud pública”.

A las 15:00 comenzó el encuentro de autoridades de la Gobernación de La Paz, liderado por Santos Quispe, con el alcalde de La Paz, Iván Arias. En la previa, la autoridad paceña adelantó la necesidad de acciones conjuntas para la eventual cuarta ola y fiestas de fin de año; además de hacer una campaña de vacunación para menores de 16 y 17 años y ampliar el tiempo para la tercera dosis.

Al terminar la reunión, Quispe leyó el documento que tiene en su primer ámbito las disposiciones para actividades económicas. Es así que los locales cerrados podrán atender al 75% de aforo, con medidas de bioseguridad. La restricción de bebidas alcohólicas es entre 00:00 hasta 05:00 y habrá incentivos a los que pidan certificados de vacunación para ingresar.

El siguiente acápite refiere a eventos deportivos culturales y sociales, y el COED dispuso mantener el aforo al 75%, los protagonistas deberán presentar certificado de vacunación; se prohíbe consumo de bebidas alcohólicas y de manera específica, ordena que por Todos Santos, se deberá portar y exhibir el aval de vacunación en todas las actividades vinculadas a la fiesta.

Para el ámbito de actividades educativas y de estudios superiores, se mantiene el aforo al 75%, medidas de bioseguridad y a la parte administrativa, se exige que el total del personal esté vacunada.

La resolución establece que para las actividades educativas escolares se deberá iniciar el proceso de vacunación en unidades educativas para garantizar el reinicio de clases presenciales. Los jóvenes de 16 y 17 años de edad deberán presentar su certificado, pues el grupo etario que recibe ahora las dosis.

En esta línea, el COED recomienda al Gobierno vacunar a menores de cinco a 15 años de edad; le pide garantizar insumos de bioseguridad y desinfección de aulas. En tanto, recomienda también incluir cursos sobre higiene y sanitización de manos.

Finalmente, para el ámbito de actividades en establecimientos de salud y de salud pública, pide continuar con brigadas móviles de vacunación en los 87 municipios para llegar a la “inmunidad colectiva”. El segundo punto señala “mantener activo la red enlace y control fronterizo, solicitando la exhibición del certificado de vacunación al ingreso, salidas del departamento, en aeropuertos y terminales de buses interdepartamentales (personas nacionales y extranjeros)”.

Por otro lado, dispone continuar con la tercera dosis de vacunas hasta el 31 de octubre y solicitar dotación de más vacunas al Gobierno para continuar con el ciclo de aplicación.

Según datos del Servicio Departamental de Salud (Sedes) de La Paz, que informó Quispe, el nivel de vacunación anticovid en primera dosis en el municipio paceño está en 82,9%, El Alto, 47,6%; y rurales, en 34,5%. En segunda dosis, La Paz en 72,6%, El Alto, 34,3%; y en rural a 32,3%. En tercera dosis en La Paz se llegó a la fecha a 5%, El Alto, 1,2%; y en rurales 0%.

Resoluciones del COED

Medidas generales para ambientes cerrados, bares y restaurantes

1.- Continuar con las medidas de bioseguridad colectivas de la población para la mitigación de contagios de la Covid-19, como ser:

–              Aforo en ambientes al 75%.

–              Ventilación de ambientes o uso de sistema de extracción o circulación de aire.

–              Prohibir el consumo de bebidas alcohólicas en los ambientes a partir de las 00:00 hasta las 05:00 (se podrá ampliar, según la determinación de cada municipio dentro de su jurisdicción, según la cobertura de vacunados en cada municipio).

–              Incentivos a bares, restaurantes que soliciten como requisito para ingreso al lugar el certificado de vacunación o PCR negativo de los últimos cuatro días, permitiendo un aforo del 100%.

Eventos deportivos, culturales y sociales

1.- Mantener el aforo en estos eventos al 75%.

–              Los que participen en esto eventos deberán portar el certificado de vacunación impreso para su supervisión al ingreso.

2.- Se podrá consumir alimentos en eventos deportivos, precautelando que las vendedoras cuenten con su certificado de vacunación.

3.- Prohibir el consumo de bebidas alcohólicas, tanto en el interior como alrededores en eventos culturales y eventos deportivos.

4.- El ingreso de personas a eventos culturales relacionados a la festividad de Todos Santos, deberá portar y exhibir el certificado de vacunación de manera obligatoria.

Actividades educativas, universidades e institutos de educación superior y técnicas

1.-  Mayores de 18 años de edad deberán tener todas las vacunas contra la Covid-19 y portar su certificado como medio de comprobación.

2.- El aforo en aulas deberá ser de un 75%, respetando las medidas de bioseguridad e higiene.

3.- Uso obligatorio de barbijo, ventilación de aulas y desinfección constante.

4.- Docentes y administrativos y otros miembros de las universidades públicas, privadas, institutos de educación superior y técnica, deberán portar su certificado de vacunación o PCR negativo de los últimos cuatro días.

5.- Se deberá recomendar a los padres de estudiantes y familiares del hogar tener la vacuna correspondiente contra la Covid-19.

Actividades educativas escolares

1.- Se deberá iniciar el proceso de vacunación en establecimientos educativos para garantizar el reinicio de las actividades educativas en el departamento de La Paz.

2.- Se recomienda que para dar inicio a las actividades escolares, los adolescentes de 16 y 17 años de edad deberán portar su certificado de vacunación.

3.- Se recomienda al Gobierno central del Estado la habilitación de la vacunación de niñas, niños y adolescentes de 5 a 15 años de edad.

4.- Profesores, administrativos y otros miembros de las unidades educativas escolares deberán cumplir con la vacunación en un 100% del personal.

5.- Solicitar al Gobierno Central asignar recursos para la dotación de equipos de bioseguridad, material de desinfección de ambientes e instalación de lavamanos acorde a la cantidad de estudiantes.

6.- Incluir en el programa de clases cursos relacionados a medidas de bioseguridad, higiene de manos y sanitización o desinfección de ambientes.

Actividades en establecimientos de salud y de salud pública

1.- Continuar con las brigadas móviles de vacunación departamental en La Paz, El Alto, ciudades intermedias, pueblos y comunidades de los 87 municipios para alcanzar la inmunidad colectiva de las variantes de preocupación al 80%.

2.- Mantener activo la red enlace y control fronterizo, solicitando la exhibición del certificado de vacunación al ingreso, salidas del departamento, en aeropuertos y terminales de buses interdepartamentales (personas nacionales y extranjeros).

3.- Mantener activo el Hotel Medicalizado del Deporte, como centro de aislamiento de pacientes con la Covid-19 y de manejo de pacientes en estadio leve y moderado 2A, como centro respiratorio.

4.- Mantener actividades de diagnóstico oportuno y tratamiento temprano contra la Covid-19.

5.- Descentralizar las vacunas a los establecimientos de salud.

6.- Planificar y trabajar en el proceso de vacunación en adolescentes de 16 y 17 años de edad, desde los colegios con los consentimientos informados firmados por los padres o tutores.

7.- Continuar con la vacunación de la tercera dosis hasta el 31 de octubre y solicitar la dotación de vacunas para continuar con la vacunación de la tercera dosis al Gobierno central.

Artículo 2.- Las medidas señaladas precedentemente y otras vinculadas al funcionamiento de actividades comerciales estarán sujetas a evaluación cada veintiún (21) días, a partir de la emisión de la presente resolución.

Artículo 3.- Notificar la presente resolución a todas las partes que conforman el Comité de Operaciones de Emergencia Departamental – COED; a efectos de su fiel y estricto cumplimiento, en el marco de las atribuciones y funciones.

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