miércoles, 19 marzo, 2025

Las clínicas privadas deben cumplir un triaje para casos sospechosos de COVID-19 y reportarlos al Sedes

La Paz/AMN. – Para reiniciar consultas, las clínicas privadas deben cumplir un protocolo sanitario que fue aprobado por el Servicio Departamental de Salud (Sedes) y que contempla varias obligaciones como por ejemplo cumplir con un triaje para casos de COVID-19 y reportar de inmediato los casos de pacientes sospechosos, con enfermedad leve o de base para que luego sean derivados a un establecimiento de mayor complejidad.

El reglamento que se aplicará en el municipio paceño, contempla como primera disposición que antes de la entrevista con el paciente por la patología por la que acude, se debe realizar el triaje para detectar casos sospechosos de COVID-19.

El documento menciona que ante la presencia de caso sospechoso, se debe recabar datos específicos, como dirección del domicilio del paciente, número de celular y enfermedades de base.

Ante un caso sospechoso con enfermedad no complicada, de neumonía leve, se debe disponer del aislamiento domiciliario e intercambiar números telefónicos para abrir una comunicación y seguimiento del paciente, debe ser notificado al número de referencia 168 del Sedes o del BOL-110.

Las clínicas privadas deben seguir un protocolo para atender a casos sospechosos de COVID-19.

Ante un sospechoso con enfermedades de base se debe notificar al 168 del Sedes o Bol-110. «El establecimiento de salud privado deberá tener el número de teléfono de referencia de un hospital público o privado, clínica para referir de manera inmediata en caso sospechoso con factores de riesgo y disfunción orgánica de riesgo vital», reseña el protocolo.

Por otro lado, también dispone que el responsable del establecimiento de salud debe realizar seguimiento del paciente sospechoso, desde el momento de captación hasta la toma de muestra, ya sea en aislamiento en domicilio o establecimiento referido de acuerdo al nivel de salud que corresponda.

El área de triaje deberá contar con instrumentos y equipos propios del mismo, como fonendoscopio, tensiómetro, termómetro digital, oxímetro de pulso, linterna, mascarilla de oxígeno y botellón de oxigeno u oxigeno central. El ambiente deberá permanecer cerrado.

El personal médico debe ser capacitado para realizar anamnesis y verificar si el paciente cumple los criterios clínicos. Por otro lado, el reglamento establece los tipos de desinfectantes y ordena lavar las manos con frecuencia, usando agua y jabón, o un desinfectante para manos a base de alcohol con concentración de 70%. El documento puede ser descargado en el siguiente enlace: shorturl.at/fVZ46.

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