AMUN/12-01-22
El alcalde Iván Arias fue la única autoridad que defendió este miércoles la vida de los bolivianos y exigió a la Sala Constitucional Cuarta de La Paz denegar una Acción Popular, presentada por un grupo de ciudadanos, que busca dejar sin efecto dos decretos nacionales que exigen la presentación del carnet de vacunación en cualquier trámite de institución pública o privada, viajes interdepartamentales o internacionales.
“Nosotros como Gobierno Municipal nos presentamos para abogar por la vida, para abogar por el respeto a la salud pública, por el respeto a que todos nos cuidemos; las personas tenemos que ser muy conscientes, en este caso se puede versar claramente que lo que pretende esta Acción Popular es atentar contra la salud pública y no resguardar la vida de los bolivianos, por lo tanto yo pido que se denegue la tutela”, dijo el alcalde de La Paz como tercera parte interesada en su intervención virtual ante una magistrada.
La Acción Popular fue interpuesta por Brad Kevin Antezana, Carlos Fernando Barrera Uría, Sergio Prudencio Vallejos Choque, Prudencio Vallejos Layme y Rudy Nelson Escobar. Los accionantes sustentan su demanda contra el presidente Luis Arce, con el criterio de que los dos decretos supremos (4640 y 4641) “coaccionan a todos los ciudadanos en territorio nacional a cumplir con una vacunación obligatoria contra la Covid-19”.
Al igual que el alcalde Arias, fueron notificados el presidente Arce, el gobernador de La Paz, Santos Quispe, el presidente del Colegio de Abogados de La Paz, Edson Foronda, la ejecutiva de las Confederación de Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia “Bartolina Sisa”, Flora Aguilar, para que interpongan los alegatos que vean convenientes. De todos ellos, solo asistieron una representación del jefe de Estado y el alcalde de La Paz.
En su intervención, Arias apeló a tres artículos de la Constitución Política del Estado (CPE) para defender su postura de defensa de la vida y el bien común. Primero se refirió al Art. 13 que establece que “los derechos que proclama esta constitución no serán entendidos como negación de otros derechos, en pocas palabras”, prosiguió, “tu libertad termina donde empieza la mía, esto es elemental, no es libertinaje lo que propone la Constitución, sino la proyección del bien común”.
El segundo artículo al que hizo referencia Arias es el 15, en el que se establece que “toda persona tiene derecho a la vida y la integridad” y, finalmente, citó el Art. 18 que reza que “toda persona tiene derecho a la salud”.
“Dice la Constitución, en su Art 15, que se optará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de genérico y generacional, así como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana, causar muerte, dolor y sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como privado”, dijo el burgomaestre.
Con este fundamento legal, Arias abogó por el respeto a la vida y por mantener la medida de vacunación obligatoria en la ciudadanía, dado que si bien la vacuna no evita contagios de la Covid-19, permite que no se formen cuadros severos de la enfermedad que pueden conducir a la muerte.
Además, el burgomaestre explicó que La Paz “sorprendió” al resto del país por su elevado nivel de vacunación que alcanzó al 97% en el rango etario de 19 a 55 años, lo que permitió un ascenso mayor de casos en el municipio, aunque, precisó, resta fortalecer el proceso de vacunación de las personas que están en el rango etario de cinco a 19 años.
“En el rango de edad de 19 a 55 años la ciudad de La Paz está protegida en más del 97%; donde tenemos debilidades y es ahí donde están siendo afectadas, es en el rango de cinco a 19 y personas que están por encima de los 65 años, porque no se han puesto la tercera dosis y porque los niños de cinco a 19 recién han empezado la vacunación. ¿Qué es lo que demuestra esto? Que la vacuna protege, no te salva del contagio, pero te protege”, añadió Arias.
Fuera de los alegatos del alcalde Arias, en la parte formal el Gobierno el Autónomo Municipal de La Paz se adhirió a los criterios expuestos por el Decreto Supremo Nº 4641 que señala: “de ninguna manera pueden ser interpretados como restrictivos de derechos colectivos sino, por el contrario, velando por la salud de toda la comunidad, establece mecanismos que incentivan la vacunación voluntaria e informada del a población sin imponerla como obligación”.
La comuna paceña pide la improcedencia del pedido de los ciudadanos que piden la anulación de los dos decretos. “En este entendido, al haberse desvirtuado la vulneración de derechos colectivos vinculados al principio pro homine (acudir a la norma más amplia), solicitamos se declare la improcedencia de la acción popular planteada debiendo mantenerse incólume el contenido integrado del Decreto Supremo Nº 4641”, señala la Alcaldía.
La audiencia de la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz fue instalada a las 09:00 de este miércoles, con la participación del alcalde Arias en calidad de tercero interesado. También estuvo el Ministerio de la Presidencia en representación del accionado, presidente Luis Arce.
Asimismo, fueron notificados el gobernador de La Paz, Santos Quispe, el presidente del Colegio de Abogados de La Paz, Edson Foronda, la ejecutiva de las Confederación de Nacional de Mujeres Campesinas indígenas Originarias de Bolivia “Bartolina Sisa”, Flora Aguilar, para que interpongan los alegatos que vean convenientes.
La sala Constitucional Cuarta estaba conformada por la presidente Carmiña Vera Márquez y los vocales, Rubén Ramírez Conde y Sergio Pacheco Diamantino.
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