La Paz/AMN. – Los comerciantes en vía pública y en los mercados que incumplan las medidas de bioseguridad serán sancionados con el cierre temporal del puesto y, en caso de reincidencia, serán sujetos a un proceso administrativo para la reversión, según el Reglamento Transitorio para la Reactivación Gradual de los Puestos de Venta de Comerciantes en Vías Públicas y Mercados Municipales durante la Emergencia Sanitaria Nacional.
Se consideran infracciones: no llevar barbijo, no tener insumos de limpieza, no hacer la limpieza del perímetro, incumplir el distanciamiento mínimo de un metro y medio, no acatar los horarios y otra que serán sancionadas con el “cierre inmediato del puesto de venta”, refiere el inciso a) del artículo 11 de la normativa.
Si hay reincidencia, la suspensión será por dos días y en una tercera vez se dará “inicio al proceso administrativo para la reversión del puesto de venta”, según el inciso c) del artículo 11.
Mientras que en los Mercados Municipales, los comerciantes que incumplan las medidas de bioseguridad previstas para el sector serán sancionados con la “suspensión de cinco días de atención”. La reincidencia conlleva la suspensión por 15 días y la tercera con proceso administrativo para la reversión del puesto.
El reglamento establece que en el caso que un comerciante sea positivo al Coronavirus “se realizará el cierre inmediato por el lapso de catorce 14 días para la cuarentena total de los comerciantes” del sector.
Si se trata de un comerciante de puesto “se realizará el cierre del área recomendada” por autoridades de salud durante 14 días. El mismo tratamiento será para los Mercados Móviles, refiere la Disposición Adicional Primera del reglamento que fue aprobado mediante el Decreto Municipal 016/2020.