“Perdonazo” tributario a intereses y multas se aplicará desde el 11 de agosto en La Paz

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Oficinas de impuestos municipales en el exBanco del Estado.

AMN/28-07-21

La Alcaldía de La Paz anunció este miércoles que la condonación del 100% de intereses, multas y sanciones, de tributos municipales acumulados del 2012 y 2019, se aplicará desde el 11 de agosto; además, señala, quienes paguen al contado solo el tributo omitido hasta el 24 de septiembre se beneficiarán con el 10% de descuento y con el 5% de rebaja será del 25 de septiembre hasta el 8 de octubre.

“Hemos hecho el perdonazo que empieza a aplicarse desde el 11 de agosto, con el 100% de perdonazo para autos, patentes y viviendas. Por favor regularicen su situación”, instó el alcalde Iván Arias, en el acto de conmemoración por los 27 años de la Subalcaldía Max Paredes.

La Ley Municipal No 460, denominada “Ley autonómica municipal solidaria de beneficio tributario ante tercera ola de pandemia covid-19”, fue promulgada la semana anterior por el alcalde Iván Arias.

La norma beneficiará a 99.802 bienes inmuebles, 207.121 vehículos y cerca de 5.000 actividades económicas que reúnen a un universo de más de 100 mil contribuyentes en el municipio paceño.

La regularización y condonación de intereses, multas y sanciones es aplicable al Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles, al Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Terrestres y al Impuesto Municipal a las Transferencias Onerosas, desde la gestión 2012 hasta la gestión 2019.  También es aplicable al Impuesto Municipal a las Transferencias, desde la vigencia del referido impuesto y Patentes Municipales desde la gestión 2016 a la gestión 2019.

La norma beneficiará a 99.802 bienes inmuebles, 207.121 vehículos y cerca de 5.000 actividades económicas que reúnen a un universo de más de 100 mil contribuyentes en el municipio paceño.

La Ley No 460 señala que se condonan automáticamente los intereses, multas y sanciones por incumplimiento a deberes formales, omisión de pago y por contravención tributaria con el pago del tributo omitido o facilidades de pago de las deudas tributarias sin sentencia ejecutoriada o acto administrativo firme en sede administrativa.

Asimismo, prosigue, quedan automáticamente condonados los intereses, multas y sanciones de aquellos contribuyentes que hubieran pagado el tributo omitido con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, señala el parágrafo II del Artículo 4 de la ley de condonación de la ley de condonación del 100% de intereses, multas y sanciones de tributos municipales.

Los contribuyentes que se hubiesen acogido a un plan de pagos (vigentes o incumplidos) con anterioridad a la Ley Municipal No 460, podrán acogerse al beneficio de regularización y condonación objeto de la presente Ley, en cualquiera de sus modalidades de pago.

Señala que los contribuyentes  que quieran acogerse a los beneficios tributarios establecidos en la Ley, podrán realizarlo hasta el 31 de diciembre de 2021 a través del pago al contado; o, facilidades de pagos, refiere el Artículo 7 de dicha Ley 460.

El contribuyente que se acoja a la presente Ley dentro de los 45 días computables desde su vigencia y que decida el pago al contado, será beneficiado con un descuento del 10% del tributo omitido. También el contribuyente que se acoja a la presente Ley y que decida el pago al contado, después de los 45 días de su vigencia y hasta los 90 días calendario, será beneficiado con un descuento del 5% del tributo omitido, indica el Artículo 8 de la referida ley municipal.

Vencidos los plazos, señala, el contribuyente podrá acogerse a la Ley hasta el 31 de diciembre de 2021 con el pago del 100% del tributo omitido.

Por otro lado, continúa, los contribuyentes también pueden acogerse bajo la modalidad de facilidades de pago, por ejemplo, si se opta por 12 cuotas mensuales, el pago inicial deberá ser del 30% del tributo omitido y el periodo de registro para esta modalidad es entre el 11 de agosto y el 24 de septiembre.

Para el plan de pago en 10 meses, la cuota inicial es del 50% del valor del tributo omitido y se debe registrar entre el 25 de septiembre y el 31 de diciembre; también para estos casos la condonación es total de sanciones multas e intereses.

Precisa que el incumplimiento de cualquiera de las cuotas establecidas en el Plan de Facilidades de Pagos, tendrá como efecto la pérdida del beneficio por el saldo no pagado, haciendo la deuda líquida, exigible y el plazo vencido conforme a la legislación vigente.

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