La Paz/AMN.- Para ejecutar el pago mensual del arrendamiento del Centro de Aislamiento, el contrato suscrito entre el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz y el Hotel Real Plaza establece que se debe medir la ocupación efectiva de los ambientes que tiene la infraestructura cada mes.
La cláusula quinta del referido contrato establece que para calcular el canon mensual de arrendamiento se tomará en cuenta la sumatoria de las superficies arrendadas y se determinará, a través de una fórmula, cuánto de esas superficies efectivamente han sido utilizadas para definir el pago mensual.
El total de la superficie arrendada es de 26.130 metros cuadrados. Esta superficie se divide, según indica la referida cláusula, en un «área de uso constante» de 16.192 metros cuadrados, que comprenden los espacios de uso común del personal sanitario, sus habitaciones, las oficinas y la enfermería, y el «área de uso variable» de 9.938 metros cuadrados que abarca las 257 habitaciones del hotel destinadas a los pacientes leves de COVID-19 y los sospechosos.
En ese marco, para definir el monto a pagar, el contrato establece que se debe efectuar un cálculo mensual resultante del uso diario de las instalaciones. En ese marco, el cálculo no solo considera a las habitaciones utilizadas por día, sino al total de las habitaciones, los metros arrendados, una constante de pago que no excede el monto mensual de Bs 840.543,58 y la previsión del uso porcentual de las habitaciones, entre otros factores.
Conforme esa previsión, el contrato estipula que en el mes de abril se ocuparía un 20% de las habitaciones, que equivale a 51. En mayo el procentaje sube a 60% con 154 habitaciones ocupadas, junio se llegaría al 90% con 231 habitaciones ocupadas y para julio se llegaría al 100% con el total de las habitaciones ocupadas.
La suma de todos estos factores determinarán los pagos mensuales en bolivianos y tras un proceso de conciliación emergente de la fórmula de cálculo del monto a pagar.
«Se realizarán pagos parciales por los días y meses efectivamente arrendados, a la finalización de cada mes y prorrateados por día cuando corresponda, los mismos que serán respaldados mediante un informe de conformidad del servicio que será firmado por el Fiscal de servicio designado», reza uno de los párrafos de la cláusula quinta del contrato.
Restitución de ambientes
El contrato también establece la posibilidad de liberar habitaciones en función a la evolución de la pandemia en La Paz. Si se presenta una desescalada de la enfermedad que permite que las habitaciones se vayan quedando vacías, el arrendador podrá solicitar a la Alcaldía «la restitución de ambientes para los fines que más le convengan».
Estos anbientes deberán ser identidicados y la Alcaldía no pagará canon alguno sobre los mismos, «siendo descontados de la superficie total arrendada».
El contrato es por 365 días pero la cláusula décimo sexta abre la posibilidad de que concluya «cuando se extinga la necesidad de continuar con el contrato, variable que quedará refrendada con la emisión de certificado de cumplimiento elaborado por la Alcaldía.