AMUN/3-05-24
El oficial Asesor de la Alcaldía de La Paz, Oscar Navarro, informó este viernes que la decisión de no incrementar el salario a los trabajadores ediles tiene una razón fundamental: las finanzas municipales no permiten ejecutar esta medida.
“Las finanzas municipales no nos permiten poder financiar este incremento, ya que debemos también financiar el incremento del mínimo nacional. El mínimo nacional tiene, en el caso del Gobierno Municipal, un efecto sobre el bono de antigüedad y, por tanto, va a existir un incremento en el bono de antigüedad de al menos el 5.8 por ciento”, dijo Navarro entrevistado en Bolivisión.
El jueves, en conferencia de prensa, el alcalde Iván Arias anunció que no se aumentará el sueldo y que esa medida también abarca a todos los trabajadores ediles, salvo aquellos funcionarios que perciben menos del salario mínimo nacional, mismos que “serán nivelados”. Además, la Alcaldía aumentará el bono de antigüedad y las asignaciones familiares, conforme al nuevo mínimo nacional establecido.
Navarro detalló que el bono de antigüedad es para aquellos funcionarios que perciben un sueldo menor a los 2.500 bolivianos. “Se va a hacer el incremento de manera que alcancen el mínimo nacional”, precisó el oficial Asesor.
El jueves, el burgomaestre precisó que un aumento salarial representaría un perjuicio para la ejecución de las Superobras que encara el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, por eso decidió no hacer efectiva la medida. “Tendríamos que bajar servicios, menos Superasfaltos, menos Superobras y eso no lo podemos hacer”, dijo la primera autoridad de La Paz.
En concordancia con el alcalde Arias, Navarro enfatizó que los paceños prefieren Superobras a que los funcionarios aumenten sus salarios. “Esa es una decisión tomada por el Alcalde, que innegable, puede sonar poco agradable para los trabajadores, pero el mismo Alcalde ha indicado que los paceños prefieren obras, prefieren las Superasfaltos, en lugar de incrementar los salarios en la planta del Gobierno Municipal de La Paz”.
Consultado sobre si esta medida atenta o no el derecho de los trabajadores municipales, Navarro explicó que la disposición final segunda del Decreto Supremo 5154 le otorga la potestad a las entidades autónomas (alcaldías) de fijar el incremento “acorde y dentro de los parámetros” del propio decreto.
“El Decreto Supremo (5154), en la disposición final segunda, establece que las entidades territoriales autónomas podrán fijar el incremento salarial acorde y dentro de los parámetros de este decreto. Por tanto, como en todos los años, dejan a las autonomías departamentales, municipales, universidades el poder definir si es que pueden o no pueden pagar estos incrementos salariales”, añadió la autoridad.
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