Directora de la Administradora Tributaria Municipal (ATM), Noemí Lastra
Pese a que un gran número de contribuyentes en La Paz honra el pago de sus tributos, existe un grupo representativo que tiene deudas desde hace 10 años.
AMUN/07-10-20224
Desde los descuentos escalonados del 15, 10 y 5% hasta la condonación de multas e intereses, la Administradora Tributaria Municipal (ATM) hace uso de diferentes normas, entre ellas el Código Tributario, para cobrar los tributos municipales de bienes inmuebles, vehículos y patentes.
La directora de la ATM, Noemí lastra, hizo una evaluación de las medidas asumidas por su administración para ejecutar de manera eficiente los cobros de los impuestos y, de esta manera, generar los recursos que necesita el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz para hacer obras en la ciudad.
Esta es la entrevista que la Agencia Municipal de Noticias sostuvo con la autoridad municipal:
¿Cómo ve la cultura tributaria del paceño?, ¿qué evaluación hace usted?
El paceño, por esencia, es buen pagador de impuestos con relación al resto de los ciudadanos de los departamentos de las otras ciudades. Esa referencia la hemos tomado haciendo la comparación siguiente. Por cada boliviano que recibimos de Coparticipación Tributaria, el paceño paga dos bolivianos. Sin embargo, pese a que la cultura tributaria es relativamente buena, aún existen grupos de contribuyentes que no han pagado sus impuestos desde hace más de 10 años.
¿Por qué cree que no han pagado?, ¿qué factores ha evaluado usted que han sido determinantes para que esos deudores de hace 10 años no paguen?
Algo muy importante para todos nosotros los ciudadanos comunes es la información. A lo mejor le ha faltado a las anteriores gestiones canales de información y de comunicación o recordatorios, como lo estamos haciendo ahora, para decirle al contribuyente que tiene la obligación de pagar.
Pienso que ese ha sido el factor fundamental, la falta de comunicación de las políticas, de las medidas, de los descuentos escalonados, de los incentivos, inclusive de las condonaciones tributarias. Esa parte no ha llegado bien a este grupo de ciudadanos.
Sabemos que hoy en día la gente no lee periódico, lo que más llega a la gente son los medios radiales, ahora están las redes, el TikTok, el Facebook, el Instagram, etc. En consecuencia, lo que hemos realizado ahora nosotros es empezar a reforzar esa cultura tributaria que tiene el paceño, que no es mala de ninguna forma, pero sí hay sectores que necesitan motivarles para que cumplan con sus obligaciones tributarias.
En ese sentido, los incentivos que como Alcaldía se les ha dado a los contribuyentes, ¿cómo han sido recibidos en su criterio por la ciudadanía?
Los descuentos escalonados que están determinados por ley, que esa ley es del año 2012, prevén descuentos escalonados cada 45 días, tanto en el pago de impuestos sobre vehículos automotores, sobre inmuebles y sobre patentes. En el primer tramo, que es el descuento mayor y más significativo, que es el 15% de descuento, usualmente pagan el 30% de nuestro padrón de contribuyentes. En inmuebles tenemos un padrón de contribuyentes de 317.000 y en vehículos de 308.000. En patentes tenemos 54.000.
En consecuencia, en los primeros 45 días, el 30% de los ciudadanos se beneficia, porque además es un derecho que tienen y que la ley le ha otorgado a acceder a este descuento, que sí es muy importante. En el segundo periodo de descuento, que son los 45 días siguientes, ya disminuye la intención de pago. Ya no recaudamos el 30%, pero tampoco disminuye muy significativamente. Llegamos a recaudar hasta un 20%. En el tercer tramo, que es el 5%, obviamente ya disminuye también. Llegamos a recaudar un 10% de todo el padrón. ¿Y qué hace el resto de los contribuyentes? Espera hasta el último día de vencimiento de cada año para cumplir con sus obligaciones tributarias.
Esta es una mala costumbre, ¿cierto?
Definitivamente, es una mala costumbre, porque si hacemos números, hoy en esta crisis, descuento del 10, 5, 15% son un gran ingreso adicional que nos puede servir para cubrir otros gastos. Ahora bien, en estos últimos tres años, la administración tributaria ha promovido condonación tributaria a través de tres leyes: la 460, la 489 y la 511.
Estas leyes preveían la condonación de intereses, multas y sanciones. Hay que tener en cuenta que todos los impuestos a nivel nacional, departamental, local, tienen una fecha límite hasta la cual se tienen que pagar. Después de esa fecha límite, al día siguiente, automáticamente corre una multa que se denomina multa por incumplimiento a deberes formales, cuya proporción es de 50 UFVs.
Imagínese un contribuyente cuyo impuesto es 100 bolivianos, se olvida de pagar el vencimiento de ayer, hoy día tiene que pagar más 50 UFVs, eso es 215 bolivianos, que sale más que el impuesto. En consecuencia, esas multas, esos intereses y las sanciones se les han condonado con estas tres últimas condonaciones que hemos efectuado a fines del 2021, 2022 y 2023.
La respuesta ha sido masiva, han debido ver en los medios, los últimos días de cada condonación, las filas eran increíbles y si bien la administración tributaria ha logrado atender a los contribuyentes a través de la emisión de las preliquidaciones y la emisión de las resoluciones de facilidades de pagos, el sistema financiero ha colapsado, no ha podido recibir los pagos que nosotros hemos liquidado.
Incluso tuvieron que ampliar el horario de atención hasta las 23:00, ¿no?
Exacto, hasta las 11 de la noche y básicamente nosotros nos sentimos muy felices porque en ninguna parte del mundo a la gente le gusta pagar sus impuestos, menos en nuestro país, sin embargo, en esas oportunidades la gente gritaba en las calles: “queremos pagar impuestos, queremos pagar”, pero la capacidad operativa del sector financiero y también sus normas no lo permitían, ellos hacen arqueo de sus cajas, hacen cierre de sus cajas y además conciliaciones a las 11 de la noche, razón por la cual no han podido recibir todos los pagos que habríamos generado nosotros en los últimos días de vencimiento.
Entonces, ¿esa gente que se quedó en la puerta y no pudo pagar, ¿qué tuvo que hacer?, ¿pagar con multa?
Los que se quedaron sin tener la oportunidad de honrar sus deudas al Tesoro Municipal han tenido que pagar las mismas con mantenimiento de valor, con intereses y con multas. Hay que aclarar que estos accesorios a la deuda principal, que es el tributo omitido, son el interés y las multas, y están determinados por el Código Tributario, que es una norma de hace 22 años y se aplica a nivel nacional, departamental y municipal.
No es un exceso de esta administración tributaria, es el cumplimiento de una norma legal emitida por el nivel central que se tiene que aplicar para todos los tributos en mora.
Una vez que pasaba el 5% de descuento y el ciudadano tenía la opción de pagar sin descuento su tributo, ¿cómo reaccionó?, ¿Igual hubo una buena recepción de la gente?
Ha bajado un poco, usualmente eso ocurre en los meses de junio y julio. Ha bajado un poco la voluntad de pago, sin embargo, nosotros hemos salido con publicidad en los medios a través del Tik Tok y a través de la persuasión en operativos en las calles, recordándoles a los contribuyentes que tienen todavía la opción de pagar después del 5% sin ninguna multa ni interés hasta el 31 de diciembre de cada año.
Ese universo significativo de contribuyentes que tienen deudas de hace 10 años, ¿cómo han actuado para regularizar sus pagos con este beneficio de no pagar intereses, moras y demás?
Mire, este año hemos efectuado las acciones masivas de cobro coactivo. Hay una ley, la ley 158 del año 2015, que prevé las medidas de cobro coactivo. Cobro coactivo quiere decir que ya ha pasado la etapa voluntaria persuasiva de que el contribuyente pueda pagar su deuda, no lo ha hecho, pese a las rebajas, pese a las condonaciones, lo que procede ahora para la administración tributaria son las medidas coactivas, coercitivas.
Lo que hemos hecho es desarrollar un sistema en línea con la ASFI para el congelamiento masivo de las cuentas. Eso hemos empezado a aplicar este año y hasta ahora se han congelado más de 60 mil cuentas de los deudores.
El universo de deudores asciende a 168 mil, son los mismos que incumplen cada año, pasa una gestión y se aumentan en la misma proporción, o sea, disminuye muy poco. En consecuencia, lo que corresponde a nosotros hacer son las acciones, como le dije, de cobro coactivo a través de la retención de sus cuentas bancarias, el retiro de las placas, el embargo del vehículo y próximamente vamos a hacer el remate de dos vehículos, producto de estos operativos que hemos realizado durante este año de enero a septiembre.
¿Qué ocurre con los inmuebles?, ¿es el mismo procedimiento?
El procedimiento es el mismo, también tenemos en lista inmuebles, los inmuebles no se mueven, esa es la ventaja, en cambio los vehículos tenemos que salir a las calles a ubicarlos y pegarles el sticker recordatorio o a pegarles el sticker de embargo o a sacarles las placas, retener las placas y traer. No hay que olvidarse que las placas son de propiedad del Gobierno Municipal. Cuando el vehículo se inscribe en el padrón municipal, ¿qué le da el Gobierno Municipal? Le da la placa como una forma de autorización para que él circule en la jurisdicción municipal.
¿Qué tiene que hacer el ciudadano a cambio de esa autorización? Tiene que pagar los impuestos anuales, eso es lo que tiene que hacer. En consecuencia, en vehículos es un poco difícil encontrarle al deudor en la calle porque los vehículos se mueven y puede resultar que vehículos que están inscritos en nuestro padrón estén en otros municipios, en otras ciudades circulando. En el caso de los inmuebles, no es así, el inmueble es estático, lo tenemos predefinido, vamos directamente al objeto, les notificamos con las deudas, les facilitamos un plan de pagos al contado e inmediatamente también tenemos varios departamentos y bauleras que están en lista de espera. Hemos embargado a empresas importantes, grandes, que han salido en la prensa a inicios de este año, en febrero y marzo, pero estas empresas se han acogido a planes de facilidades de pagos.
¿Y hoteles también, instituciones grandes?
Sí, uno de los hoteles es el Radisson, pero ha suscrito 232 facilidades de pago y actualmente está cumpliendo. O sea, se ha inscrito y está cumpliendo.
¿Qué ocurre cuando uno se dirige con el personal municipal a un vehículo, a un inmueble para colocar el sticker?, ¿hay reacción negativa del contribuyente?
Los operativos usualmente hacemos cuando los vehículos están estacionados y en vías públicas. A veces están los ciudadanos, muchas veces sí hay agresiones, pero se le explica al ciudadano, y finalmente si el ciudadano es muy violento, preferimos evitar cualquier daño que pudiera ocurrir de un altercado tanto entre él y nosotros, y nos retiramos.
Pero en la mayoría de los casos no hemos tenido ningún problema, toda vez que les hemos pegado los recordatorios, hemos retirado las placas cuando los vehículos estaban estacionados en la vía pública.
Y de ese universo de vehículos y de inmuebles que han sido notificados a sus propietarios, ¿cuántos se han acogido después de este colocado de stickers al pago a través de cuotas?
Hasta la fecha de estas actividades de los recordatorios a través del pegado de sticker, y además de los congelamientos de cuentas que han llegado a 60.000, han regularizado 28.000 ciudadanos sus pagos, la mayoría con planes de facilidades de pago.
¿Qué hemos hecho? Hemos flexibilizado la otorgación de planes de facilidades de pagos. Con un 10% del total de la deuda el ciudadano puede acceder a un plan de pagos y el saldo hasta en 30 meses, eso es dos años y medio. Pero además hay otra flexibilización, puede retrasarse en dos pagos y el plan sigue vigente.
Es decir, ¿puede fallar dos veces?
Puede fallar dos, pero si falla más de dos, el plan caduca y no existe la opción de nuevamente concederle otro plan de pagos o reactivarle el plan de pagos, eso no está previsto en el Código Tributario.
O sea que pierde el beneficio y ahí sí va a perder el vehículo porque se lo va a confiscar y rematar.
Pierde el beneficio, la resolución que le habríamos otorgado como plan de pagos se convierte en título de ejecución tributaria, eso da pie a que le hagamos el embargo del vehículo, el secuestro y posteriormente el remate.
En su criterio, ¿28 mil de 60 mil contribuyentes que se adscribieron a la medida coactiva es como para estar satisfecho?
Excelente, es casi el 50%. Es una respuesta muy positiva, muy alentadora. El día de hoy hemos ido a hacer el recorrido para hacer la persuasión y vemos que la mayoría de los vehículos, básicamente un 70%, solamente debían de la gestión que se encuentra vigente, la 2023 que va a terminar el vencimiento el 31 de diciembre de este año. El 70% me parece un grado espectacular de cumplimiento.
El plan de pagos, conforme determina el Código Tributario, puede ser otorgado una sola vez al contribuyente. En consecuencia, los ciudadanos que suscriban un plan de pagos tienen que cumplir sagradamente, cada mes, su plan de pagos. Salvo que algún mes y hasta dos meses se olviden, pero no pueden pasar de dos cuotas atrasadas que encuentren arrastrando.
A la tercera cuota atrasada, el plan de pagos caduca y automáticamente tenemos vía libre para la ejecución tributaria. Esto es el retiro de placas, el embargo, el secuestro del vehículo y el remate. Y de acuerdo al Código Tributario, solo puede otorgarse una sola vez los planes de facilidades de pagos. Es decir que, posteriormente, no ha pagado esa vez, ya no va a tener condonaciones, ningún beneficio adicional. Podría acogerse a una condonación, pero ya no hay plan de pagos.
Ahora, usted decía que para acceder a este plan de pagos, la primera cuota es del 10%. Eso le habilita pagar en cuotas que pueden variar en función a la deuda de cada contribuyente.
Así es. Conforme la norma que hemos modificado este año, el ciudadano puede efectuar un pago inicial del 10%, pero esa liquidación la tiene que hacer en nuestras oficinas. Acá le vamos a dar la preliquidación. Todo pago se hace en el banco. Tenemos seis cajas recaudadoras en la ATM. Hace el pago inicial del 10%, por decirle, hace el pago inicial hoy día, el saldo puede pagar hasta en 30 cuotas y se empieza a computar a partir del siguiente mes.
En el mes de noviembre tendría su primera cuota, en el mes de diciembre la segunda, y así sucesivamente. Hay que tener en cuenta también que estas cuotas son con mantenimiento de valor por efecto de la aplicación de la UFV, que se aplica para la actualización de tributos, tasas, contribuciones en base a la ley 2434 de diciembre del 2002.
Es una ley nacional y se aplica a nivel departamental, municipal y nacional para la actualización, para la indexación de los tributos. Si hoy día mí plan de pagos arrojaba que voy a pagar cada mes 160 bolivianos, estos 160 de hoy día van a cambiar el siguiente mes por efecto de la UFV dispuesta en la ley 2434. Posiblemente ya no va a ser 160, va a ser 162. O sea, no sube, dependiendo de la magnitud, no sube mucho, pero sí es con mantenimiento de valor en base a las UFVs.
Usted hablaba de operativos, ¿cuántos operativos ya han realizado en esta gestión de estas características?
Cada día estamos saliendo, mañana y tarde. Fíjense, son 20 días hábiles. En 10 meses son 200 operativos que habríamos realizado. Solamente salimos los días hábiles, salvo alguna eventualidad urgente que nos permita salir los días sábados o los días domingos.
Conforme determina el Código Tributario, cuando un contribuyente es deudor, nos faculta la administración tributaria para cobrar la deuda, para efectuar acciones en cualquier momento. O sea, no hay límite de tiempo.
¿Puede ser domingo también?
Exacto, el único respaldo para salir sábado y domingo son los memorándums que los emitimos y eso son la prueba de que están autorizados para realizar esos operativos. Además de que todos nuestros fiscalizadores tienen credenciales. Este año hemos intensificado todos los procesos de fiscalización.
A los vehículos les fiscalizamos en las calles, a los inmuebles en el lugar donde se encuentra el inmueble y en patentes en el lugar donde desarrollan las actividades económicas. Hemos incidido en la fiscalización, tenemos 400 órdenes de fiscalización de inmuebles que se están ejecutando a la fecha.
Tenemos previsiones para el año. Ya una lista de 1.200 fiscalizaciones para inmuebles. En vehículos también tenemos una centena de órdenes de fiscalización que estamos aplicando ahora. Y para el año tenemos aproximadamente 500 órdenes de fiscalización para fiscalizar el impuesto a la propiedad de vehículos automotores.
También se han hecho publicaciones en un medio de prensa, ¿en qué consistió esta tarea?
Así es. Mucha gente reclamaba y reclama cada día. Esa persona indica: “a mí no me han notificado, conoce mi casa, conoce mi número telefónico, por qué no me han llamado”. Sin embargo, es preciso aclarar que son 308.000 contribuyentes en vehículos, ¿cuántos funcionarios somos en la ATM? Somos 160. Humanamente es imposible notificarles personalmente.
En función a ello, seguramente el legislador, al momento de elaborar el Código Tributario, que data de 1970, ha establecido notificaciones masivas. Estas notificaciones masivas están en el artículo 89 del Código Tributario. ¿Cómo se realizan? Básicamente determina que los Gobiernos Municipales efectuarán las publicaciones masivas en un matutino de circulación nacional, especificando el número del objeto tributario, el nombre del contribuyente y los periodos.
En cumplimiento a esa norma legal, se efectúa cada año las publicaciones masivas a través de los cuales se les notifica los deudores de inmuebles, vehículos y patentes por actividades económicas.
¿Y qué tan efectivo ha sido este mecanismo para llegar al contribuyente?
La única forma de que se recuerden los contribuyentes, de que caigan en cuenta de que deben sus impuestos, es a través de este medio de notificación. Nosotros, además de tener la notificación física, utilizamos el QRs a través de los cuales cualquier ciudadano puede ingresar a esa bolsa de deudores y verificar si está en la lista de deudores. En la página de la Administración Tributaria Municipal hay un rubro que refiere a publicaciones masivas. En consecuencia, ahí están colgadas todas las publicaciones desde el año 2017. Todas las publicaciones que se han hecho año tras año.
Usted mencionó que en la anterior gestión edil no se tomaron acciones coercitivas para lograr el pago de las moras, ¿qué cree usted que ha pasado?
Conforme a las investigaciones realizadas, porque nosotros somos gestión nueva, yo si bien he trabajado toda mi vida en el tema tributario, no he escuchado mucha publicidad y la aplicación de estas medidas. Teniendo las normas, el Código Tributario que data de 1970 con sus dos modificaciones, teniendo las normas legales, el Gobierno Municipal de La Paz, no han efectuado estas medidas. Desconozco por qué no habrían efectuado estas medidas. Y precisamente lo que los ciudadanos reclaman es eso. ¿Por qué no me notificaron hace 10 años?, ¿por qué no me congelaron las cuentas hace 8 años? Si me congelaban las cuentas, si me notificaban antes, oportunamente, yo me daba cuenta, pagaba el impuesto y hacía la transferencia.
En cambio, ahora me están notificando después de 10 años, cuando ya no tengo especialmente el vehículo y cuando me siento ya una persona de tercera edad que solo tiene rentas y me perjudican con el congelamiento de cuentas. Pienso que ha sido una política de gestión que ha omitido en aplicar correctamente las normas legales. En otras instituciones terminan los plazos de vencimiento, por ejemplo en impuestos nacionales, y a los 15 días ya hacen el congelamiento de cuentas. La aplicación de la norma es así, a raja tabla. Hay que tener en cuenta que este dinero que administramos nosotros no es un dinero de la autoridad que está de turno, sino es un dinero de todos los ciudadanos. Y ese dinero tiene que retornar en forma de obras y servicios. Es por eso que la ley ha sido sabia y ha establecido medidas coactivas para recuperar a las malas lo que no se ha podido recuperar a las buenas a través del cumplimiento voluntario.
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