Alcaldía solicitará revocatoria de resolución ministerial que asigna atribuciones inconstitucionales a municipios

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Centro de Salud de Plan Autopista.

AMN/04-10-21

La Alcaldía de La Paz anunció este lunes que presentará un recurso de revocatoria a la Resolución Ministerial 251/2021, que otorga atribuciones a los municipios sobre contratación de personal de salud para primer y segundo nivel, porque viola la Constitución Política del Estado (CPE) y la Ley Marco de Autonomías.

“Como Gobierno Municipal estamos presentado un recurso de revocatoria para esta resolución, nuestro equipo jurídico está presentando este recurso de revocatoria porque esta resolución es inconstitucional; la Constitución dice que el Estado debe sostener el derecho a la salud; vulnera la Ley de Autonomías, la Ley Andrés Ibáñez que dice que los municipios administran la estructura y equipamiento de primer y segundo nivel; en la Resolución (251/2021) observada nos pasan atribuciones como la contratación de recursos humanos pero sin pasarnos el financiamiento correspondiente”, informó la secretaria municipal de Salud Integral y Deportes, Cecilia Vargas, en conferencia de prensa.

El Ministerio de Salud emitió la Resolución Ministerial No 251 el 30 de junio de 2021: “Reglamento para la aplicación técnica y la gestión administrativa y financiera de la Ley 1152 de 20 de febrero de 2019 ‘Hacia el Sistema Único de Salud Universal y Gratuito”. En el Art. 3, parágrafo cuarto, inciso J establece que los gobiernos municipales e indígena originario deben: “Asignar recursos financieros para la contratación de recursos humanos en los establecimientos de primer y segundo nivel, bajo su dependencia para la atención del SUS (Seguro Universal de Salud)”.

Según información de la Secretaría Municipal de Salud Integral y Deportes, los centros de salud de primer nivel gastan 10 millones de bolivianos y los hospitales 62 millones. Con la Resolución Ministerial 251/2021, la Alcaldía de La Paz tendría que pagar el personal médico, odontológico y de enfermería en centros de primer nivel con un costo que ascendería a 40 millones de bolivianos.

Conforme señala el artículo 37 de la CPE, es el Estado el que “tiene la obligación indeclinable de garantizar y sostener el derecho a la salud, que se constituye en una función suprema y primera responsabilidad financiera. Los bienes y servicios públicos de salud son propiedad del Estado, y no podrán ser privatizados ni 10 concesionados”.

En tanto, en el Art. 302 del mismo cuerpo legal, entre las atribuciones municipales está la de equipar y mantener “la infraestructura y obras de interés público”, mas no hace referencia a cubrir con los costos de contratación de recursos humanos. Esta situación también está refrendada en el Art. 81 de la Ley Nº 31 Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, donde se le asigna la responsabilidad a los municipios de “administrar la infraestructura y equipamiento” del primer y segundo nivel en materia de salud.

El fin de esta Ley Nº 31 es distribuir las funciones político administrativas del Estado de manera equilibrada y sostenida en el territorio. Vargas precisó que la referida resolución no fue remitida de manera oficial a la Alcaldía de La Paz y que no hay un proceso que indique que entró en vigencia. 

“Hemos solicitado que se haga conocer esta resolución de forma oficial tal como corresponden a la ley en relación al procedimiento y el reglamento para procesos administrativos; cuando alguien lanza una resolución o una ley hay un proceso para que pueda entrar en vigencia, sin embargo ese proceso no hay. Esta resolución la hemos analizando desde el punto de vista legal y financiero, y consideramos que no corresponde, sería inconstitucional, vulnera la Ley de Autonomías y también debilita financieramente al municipio de la paz”, dijo Vargas.

El otro problema identificado por la Alcaldía de La Paz es que la referida resolución ministerial ya no pagará los servicios de tercer nivel que se ofrecen en el segundo nivel en materia de especialidades médicas, lo que representa en promedio un millón de bolivianos.

“Otro gran problema es que a partir de esta resolución las especialidades que brindamos como segundo nivel, pero que corresponderían al tercer nivel, ya no nos pagarían, entonces por culpa de esta resolución o tendrían que desaparecer estas especialidades y solo pasar a tercer nivel o cobrar a los ciudadanos, los cuales también se verían afectados; entonces por eso estamos presentado este recurso de revocatoria a la Resolución Ministerial 251”, sostuvo Vargas

Los hospitales municipales de segundo nivel prestan el servicio de cirugía general, pediatría, ginecobstetricia y medicina interna. Además, atienden especialidades como cardiología, traumatología y urología que se verían afectados con esta resolución ministerial.

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