AMN/3-11-21
La Alcaldía de La Paz informó este miércoles que está prohibido realizar cobros a los padres de familia en el momento en que recogerán la Canasta Escolar 2021, desde el próximo 10 de noviembre hasta la conclusión de la distribución, beneficio al que podrán acceder de manera gratuita 137.381 estudiantes de unidades educativas fiscales y de convenio del municipio paceño.
El Art. 15 del Reglamento a la Ley Municipal Autonómica 468 Programa de Alimentación Complementaria Escolar Canasta Estudiantil 2021, detalla en el segundo parágrafo, que “los directores de colegios de convenio quedan prohibidos de condicionar el pago de mensualidades u otro pago para el recojo del beneficio”.
Y, el primer parágrafo de la disposición especifica que las Direcciones Distritales de Educación del Departamento de La Paz quedan prohibidas de exigir documentación adicional para el recojo de la canasta escolar. El alcalde Iván Arias y la gerencia de la estatal Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (Emapa) firmaron el 29 de octubre un contrato de provisión y distribución de los alimentos a partir del el 10 de noviembre.
El tercer parágrafo, señala que los representantes de las Juntas Escolares, Federación de Estudiantes de Secundaria y Centros de Estudiantes quedan prohibidos de realizar el recojo de la canasta de los beneficiarios. Y, el cuarto parágrafo estipula que los beneficiarios o padres de familia en ningún caso podrán comercializar los alimentos de la canasta.
Los alimentos que recibirán cada uno de los estudiantes son: una arroba de arroz, una arroba de azúcar, una arroba de harina blanca, cuatro botellas de 900 mililitros de aceite, una bolsa de 760 gramos de leche en polvo, una botella de un litro de yogurt probiótico, una bolsa de medio kilo de cereal, 10 bolsitas de leche saborizada, una bolsa de medio kilo de galletas, y tres bolsas de leche fluida de un litro.
La Alcaldía de La Paz estableció los siguientes requisitos para recoger las canastas escolares: estar registrado en las listas remitidos por las Direcciones Distritales de Educación a junio de 2021; libreta escolar de las gestiones 2018 o 2019 o 2020 o libreta electrónica trimestral de la gestión 2021 en original y fotocopia; cédula de identidad o certificado de nacimiento del beneficiario, (en original y fotocopia); y, cédula de identidad del padre, madre, tutor y/o familiar directo (en original y fotocopia).
Precisa que los beneficiarios mayores de edad quedan habilitados para recoger la Canasta Escolar con la presentación de requisitos señalados. De manera excepcional se realizará la entrega a beneficiarios que quedaron huérfanos de padre y madre con presentación de certificados de defunción; la entrega se realizará a un familiar hasta segundo grado de consanguinidad.
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