AMN/ 06-08-21
El alcalde Iván Arias entregó este viernes al arzobispo de La Paz, monseñor Percy Galván, la Ley Municipal Autonómica No 458 de Declaratoria de Patrimonio al Lienzo del Señor Jesús del Gran Poder, a la conclusión de una misa por los 196 años de la Independencia de Bolivia en la Catedral Metropolitana.
Galván recibió de manos del secretario municipal de Culturas, Rodney Miranda la Declaratoria de Patrimonio Cultural Material e Inmaterial, Histórico, Artístico, Religioso y mueble al Señor Jesús del Gran Poder.
El presidente del Concejo Municipal, Jorge Dulón, entregó a la autoridad eclesial la Declaratoria de Patrimonio Histórico Arquitectónico y Urbano al Inmueble denominado “Parroquia del Señor Jesús del Gran Poder”, ubicada en la calle Antonio Gallardo.
En tanto, el alcalde Arias le entregó al arzobispo de La Paz la norma que aglutina ambas declaratorias y que fue promulgada el 28 de mayo de 2021. Posterior a esta entrega simbólica, Galván dio la bendición final y le deseó al alcalde una gestión positiva, que el Señor le guíe en la conducción del Gobierno Municipal, después el alcalde, su esposa Mercedes Butrón y las autoridades ediles, abandonaron la Catedral Metropolitana.
La Ley Municipal Autonómica No 458 establece en su primer artículo “Declarar Patrimonio Cultural Material e Inmaterial Histórico, Artístico, Religioso y Mueble del Municipio de La Paz, al Lienzo del Señor Jesús del Gran Poder”, de autor anónimo, cuyas medidas son de 110,5 cm, por 184,5 cm. El estilo de la obra es Barroco y corresponde al siglo XVIII de Escuela del Collao (Escuela Paceña).
El artículo segundo del cuerpo legal resuelve “Declarar Patrimonio Histórico, Arquitectónico y Urbano del Municipio de La Paz al inmueble denominado ‘Parroquia del Señor Jesús del Gran Poder”, ubicado en la calle Antonio Gallardo, entre calles Eloy Salmón y Vicente Ochoa, de la zona Gran Poder, asignado con Código Catastral 010 – 0008”, cuyo valor patrimonial es categoría B.
En su artículo tercero se establece que el Órgano Ejecutivo Municipal “deberá definir las acciones de protección, conservación, promoción y revitalización del Patrimonio Histórico, Arquitectónico y Urbano a la edificación declarada Patrimonio” y en el artículo cuarto señala que cualquier intervención a este inmueble deberá adecuarse a la normativa de protección patrimonial.
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