¡Evítese problemas a futuro! Si piensa vender un inmueble o vehículo registre la minuta en la ATM

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Una de las ventanillas de información de la ATM donde el contribuyente recibe orientación sobre el pago de impuestos. Foto: AMUN.

El proceso se completa con el pago del 3% del Impuesto a la Transferencia.

AMUN/3-2-25

Si este año piensa vender un inmueble o vehículo de su propiedad, no olvide que debe registrar la minuta de esta operación en la Administración Tributaria Municipal (ATM), al margen de pagar el 3% del Impuesto a la Transferencia (IT) que está establecido en el Código Tributario.

La directora de la ATM, Noemí Lastra, detalló que lo fundamental es registrar la minuta, independientemente de hacer efectivo el pago del IT, puesto que, de no hacerlo, el inmueble o vehículo vendido se mantendría a nombre del vendedor, por lo que debería pagar los impuestos respectivos.

“El obligado al pago de este impuesto y al registro de esta venta es el vendedor, que tiene que suscribir la minuta. Tiene hasta 10 días hábiles para venir a la ATM, registrar la minuta, generar el Impuesto a las Transferencias y pagar ese impuesto. En el momento en que registra la minuta automáticamente se cambia de Luis Pérez a Noemí Lastra, por lo tanto, Luis Pérez ya está libre de cualquier obligación tributaria, la nueva persona que compra a partir de ese momento de registro de la minuta en nuestro sistema ya aparece como dueño, aunque no haya pagado”, explicó Lastra.

La autoridad puntualizó que si la persona que vende no puede pagar el IT lo podrá hacer posteriormente. “Hay gente que hace registro y no paga porque no le alcanza el dinero, lo puede pagar posteriormente pero ya le genera las multas”, detalló.

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