El alcalde Iván Arias enfatizó que la CPE establece esa determinación en su artículo 168
AMUN/22-08-2024
Conforme señala el artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE), “el periodo de mandato del presidente o vicepresidente es de 5 años y puede ser reelecto por una sola vez de manera continua”. Bajo ese argumento, dijo el alcalde Iván Arias, queda claro que tras cumplir un periodo constitucional un primer mandatario no puede ser reelegido de forma discontinua.
“¿Qué quiere decir eso, que yo, Iván Arias, si quiero puedo ir a la reelección por una gestión más, la gente puede votar o no por mí, tengo el derecho. Lo que no puedo decir es el 2026 no iré, descansaré, volveré el 2030, no hay eso porque la reelección en Bolivia es solamente de manera continua”, dijo la autoridad municipal en su programa radial “El Negro en la Calle”, entrevistado por Freddy Valle.
El Alcalde paceño recordó que por eso votaron los bolivianos al decir que “no queremos más reelecciones, solamente lo que diga la CPE”. Por tanto, esa decisión, “ya está oleada y sacramentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y otros fallos”.
¿Qué dice la pregunta una que plantea el Presidente Luis Arce?
¿Está usted de acuerdo en que la reelección establecida constitucionalmente por una sola vez de manera continua del Presidente y Vicepresidente del Estado, sea ampliada para incorporar la reelección de manera discontinua lo cual implicaría modificar la Constitución Política del Estado?
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